Martes, 26 Febrero 2019 10:59

ENTIDADES FISCALIZADORAS DE EL SALVADOR Y DEL ECUADOR SUSCRIBEN CONVENIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA

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La Presidente de la Corte de Cuentas de la República de El Salvador, Licda. Carmen Elena Rivas Landaverde, y el Contralor General del Estado de Ecuador, Dr. Pablo Celi de la Torre, firmaron Convenio de Cooperación Técnica entre ambas Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS). El evento se realizó de manera paralela a las actividades desarrolladas durante el Seminario Internacional “Tribunales de Cuentas y Control Público”, realizado en la ciudad de Quito, en el que participaron ambos funcionarios.

El Convenio tiene por objeto promover relaciones de cooperación técnica entre ambas  EFS, con el fin de enriquecer y desarrollar actividades de control externo, mediante los proyectos o programas de actuación que a tal efecto se diseñen.

“Con el objetivo de apoyar el fortalecimiento continuo en lo que respecta a capacidad, conocimientos, normas y procesos, se propiciará la colaboración e intercambio de ideas e información. Para ello, las partes podrán organizar programas de estudio, capacitación y/o intercambio técnico, con la finalidad de analizar conjuntamente temas relativos a la fiscalización superior y/o auditoría.

Las partes podrán efectuar consultas adicionales y cooperar en otras áreas que resulten de interés mutuo, a través del intercambio de experiencias con expertos, en la realización de diagnósticos, seminarios y conferencias en temas relevantes concernientes al control gubernamental.

Asimismo, propiciarán intercambios de información a fin de conocer de primera mano la estructura, buenas prácticas y el funcionamiento de la Corte de Cuentas de la República de El Salvador y, en especial, de su función jurisdiccional, considerando que recientemente la Contraloría General del Estado de la República de Ecuador presentó un proyecto de ley para estructurarse como Tribunal de Cuentas con función jurisdiccional”, reza la cláusula segunda del documento.

Este Convenio tendrá vigencia a partir de la fecha de su firma y se mantendrá en vigor por tiempo indefinido, salvo que una de las partes indique por escrito, con un mes de antelación, su intención de darlo por terminado.

Ambas EFS manifestaron su interés de trabajar en conjunto en pro del desarrollo de las relaciones de cooperación bilaterales, de intercambio de información, conocimientos y experiencias profesionales.















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