Viernes, 13 Septiembre 2019 09:53

FUNCIONARIOS CCR SON SENSIBILIZADOS SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS EN LOS LUGARES DE TRABAJO

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El Comité de Seguridad y Salud Ocupacional de la Corte de Cuentas de la República (COSSOCC), con el apoyo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, desarrolló el primero de tres seminarios con el propósito de capacitar en materia de prevención de riesgos en los lugares de trabajo, a noventa y cinco funcionarios destacados en puestos desde jefatura hasta encargados de áreas.

En la primera jornada participaron 25 servidores  que tienen bajo su responsabilidad las áreas de Informática, Almacén, Archivo, Correspondencia, Mantenimiento, Clínica Institucional, Activo Fijo, Capacitación e Investigación, la Dirección Administrativa, Jueces de Cámaras de Primera Instancia, el Departamento de Participación Ciudadana y las áreas de Prensa y Publicaciones de la Dirección de Comunicaciones.

El técnico de la Sección de Prevención de Riesgos Ocupacionales del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, Lic. José Antonio Bonilla, durante cuatro horas profundizó en el contenido de la Ley General de Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo, la cual fue emitida según decreto legislativo número 254 del 21 de enero de 2010.

El facilitador explicó que el objeto de dicha ley es establecer los requisitos de seguridad y salud ocupacional que deben aplicarse en los lugares de trabajo, a fin de establecer el marco básico de garantías y responsabilidades que garantice un adecuado nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras, frente a los riesgos derivados del trabajo.

En esta actividad, coordinada por el Centro de Capacitación e Investigación (CINCAP), los participantes conocieron sobre el rol del COSSOCC en la Entidad Fiscalizadora Superior, la función del delegado de prevención de riesgos, y los principios rectores de la Ley, tales como el Principio de igualdad de oportunidades y de trato a los trabajadores; el respeto a la dignidad inherente a la persona y el derecho a un ambiente laboral libre de violencia en todas sus manifestaciones; y el de  prevención que está referido a la determinación de medidas que garanticen ,razonablemente, la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras dentro de los lugares de trabajo.















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