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¿Quiénes somos?

Nuestro objetivo es dar seguimiento a la Politica Institucional de Género, mediante el desarrollo de planes, programas y proyectos de la Unidad de Género Institucional, con el propósito de dar cumplimiento al Artículo 9 de la Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la discriminación contra las Mujeres (LIE).

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Misión y Visión

Misión

Somos la Unidad responsable de la planificación, implementación y evaluación del proceso de difusión y cumplimiento de la Política Institucional de Género; así como de sus planes, programas y proyectos institucionales de Género, contribuyendo al desarrollo integral de las mujeres y hombres para mejorar su calidad de vida.

Visión

Consolidarse como núcleo importante en materia de género del Organismo moderno, líder en control gubernamental, con criterios de oportunidad, efectividad, y rentabilidad social.

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Principios rectores de la Política Institucional de Equidad de Género

Igualdad de derechos:Englobado desde la igualdad para ejercer los derechos y deberes que los tratados internacionales y leyes nacionales les confieren.

No discriminación:Es la acción de no marginar o hacer distinción en el trato por motivos arbitrarios como el sexo.

Equidad de género:La Equidad de Género es un concepto que defiende un equilibrio entre el hombre y la mujer en el uso, control y poder a la hora de la toma de las decisiones y de goce de beneficios institucionales.

Inclusión:Entendido como el acto de incluir a hombres y mujeres en todos los beneficios de la política de Género institucional.

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Principios rectores de la Política Institucional de Equidad de Género

Sostenibilidad:Se refiere a algo que está en condiciones de conservarse o reproducirse por sus propias características, sin necesidad de intervención o apoyo externo.

Participación:Capacidad que tienen hombres y mujeres de involucrarse y manifestarse en las decisiones de la institución.

Solidaridad:Valor, a través del cual hombres y mujeres se sienten y se reconocen unidos y compartiendo las mismas obligaciones, intereses e ideales y conformando además uno de los pilares fundamentales sobre los que se asienta la política de género.

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Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres

Mediante Decreto Legislativo Nº 430, de fecha 23 de agosto de 1995, publicado en el Diario Oficial Nº 154, Tomo Nº 328, de esa misma fecha, se ratificó la Convención Interamericana para Prevenir , Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, “Convención Belem do Pará”, la cual establece la obligación a los Estados parte, de incluir en su legislación interna normas penales, civiles y administrativas; así como, las de otra naturaleza que sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.


Descargar
***DECRETO NO. 21 DE CREACIÓN DE UNIDAD DE GENERO INSTITUCIONAL
***LEY DE IGUALDAD, EQUIDAD Y ERRADICACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS MUJERES
***LEY ESPECIAL INTEGRAL PARA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA LAS MUJERES
***MANUAL PARA LA REDACCION Y UTILIZACION DE LENGUAJE NO SEXISTA
***POLITICA INSTITUCIONAL DE EQUIDAD DE GENERO
***PROTOCOLO DE ACTUACION DE LA UNIDAD DE GENERO
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